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Deducciones autonómicas en Aragón

Deducciones autonómicas en Aragón

Adquisición o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales

Se podrá deducir hasta el 5% de las cantidades invertidas en la rehabilitación o adquisición de la vivienda en el núcleo rural que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual siempre y cuando se cumplan algunos siguientes requisitos.

Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago

Se podrá deducir hasta el 10% de las cantidades en este concepto, siendo la base máxima de deducción de 4.800 euros anuales. También es necesario cumplir algunos requisitos.

Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo

Los contribuyentes que acrediten su condición de víctimas del terrorismo podrán deducirse el 3% de las cantidades satisfechas en la adquisición de una vivienda que vaya a ser la vivienda habitual si esta se acoge a alguna modalidad de protección pública de vivienda.

Nacimiento o adopción de un tercer hijo o más

Los contribuyentes que acaben de tener o hayan adoptado un tercer hijo o sucesivos podrán deducirse hasta 250€, 300€ si la base imponible es menor a 21.000 euros. Si el contribuyente tiene la custodia exclusiva y el menor vive con un solo contribuyente, el importe será el doble (500 o 600 euros).

Adopción internacional de niños

Se podrán deducir 600€ por cada hijo adoptado internacionalmente, siempre que sea una adopción internacional reconocida por la legislación vigente y según los Tratados y Convenios suscritos por España.

Nacimiento o adopción del primer o segundo hijo en municipios de menos de 10.000 habitantes

El contribuyente que cobre menos de 25.000 euros y tenga un hijo, tiene derecho a una deducción de 200 euros si es el primer hijo y de 300 si es el segundo. Si el contribuyente cobra más de 25.000 euros, los importes a deducir se reducen a 100 euros si es el primer hijo y 150 euros si es el segundo. Debe ser en aquellas poblaciones menores de 10.000 habitantes.

Gastos de guardería para menores de hasta 3 años

Los contribuyentes pueden deducirse un 15% de lo gastado en guarderías o centros de educación infantil para sus hijos menores de 3 años, con un máximo de 250 euros.

Adquisición de libros de texto y material escolar

El contribuyente puede deducirse una serie de cantidades por compras de material escolar. Las cantidades a deducir dependerán de los ingresos:

Cuidado de personas dependientes

Hasta 150 euros pueden deducirse los contribuyentes que tengan a cargo una persona dependiente, siempre que:
 
  • La persona que la cuide no tenga ingresos superiores a 8.000 euros.
  • El cuidado haya sido de al menos 6 meses
  • La base imponible sea menor de 21.000 euros

Donaciones ecológicas, de investigación y desarrollo científico y técnico

Se podrá deducir hasta el 20% de las donaciones a entidades con finalidad ecológica, siendo el límite el 10% de lo que se deba pagar de impuesto autonómico. Deben ser donaciones a entidades sin fines lucrativos, con finalidad de protección medioambiental y que estén así reconocidas por el Gobierno de Aragón.

Inversión en acciones del Mercado Alternativo Bursátil

Podrán deducirse el 20% (hasta 10.000 euros) por la inversión en acciones de entidades que coticen dentro del Mercado Alternativo Bursátil.

Inversión en entidades de economía social

Podrán deducirse el 20% de lo invertido (hasta un máximo de 4.000 euros) en entidades de economía social siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

Desde nuestra asesoría de empresas en Teruel recordamos que cada una de estas deducciones está sujeta al cumplimiento de determinados requisitos, por lo que recomendamos acudir a un profesional para analizar cada caso concreto y obtener el mayor ahorro fiscal.
 

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